¿Estamos preparados para celebrar juicios íntegros por videoconferencia?

¿Estamos preparados para celebrar juicios íntegros por videoconferencia?

La digitalización de la Justicia y la agilización procesal se abren camino. El pasado miércoles 20 de marzo entraron en vigor las reformas normativas operadas por el Real Decreto Ley 6/2023, de 19 de diciembre, orientadas a la mejora de la eficiencia digital de la Administración de Justicia y a la agilización de los procesos judiciales. En ellas se regulan, entre otras cuestiones, los juicios por videoconferencia. Pero, ¿realmente estamos preparados para celebrar juicios íntegros por vía telemática? ¿nuestros tribunales cuentan con los medios materiales y personales para llevarlo a cabo? El Real Decreto 6/2023 ha suscitado muchas críticas entre los operadores jurídicos. Muchos magistrados se han mostrado muy preocupados en las juntas de jueces ante la falta de garantías procesales y técnicas que pueden suponer los juicios telemáticos íntegros por sistema. Abogados, procuradores y jueces coinciden al señalar que el Decreto es muy confuso y da pie a equívocos.

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