El TC descarta revisar la sentencia del 17A para indagar los vínculos del imán con el CNI

El Tribunal Constitucional (TC) ha descartado revisar la sentencia que condenó a los miembros de la célula terrorista que cometió los atentados de 2017 en Cataluña para investigar la relación entre el imán y el cerebro del grupo con el CNI, como pedía una de las víctimas.

En una providencia, a la que ha tenido acceso EFE, el Constitucional acuerda no admitir a trámite el recurso que presentaron contra la sentencia los padres de un niño de tres años que falleció en el atentado de las Ramblas, quienes a lo largo del proceso han insistido en que debe investigarse la conexión de los servicios secretos con el imán de Ripoll (Girona) Abdelbaki Es Satty.

El Constitucional argumenta que el recurso de amparo presentado por los padres de la víctima -representados por los abogados Jaume Alonso-Cuevillas, exdiputado de Junts, y Agustí Carles- no tiene “trascendencia constitucional” que justifique que sea admitido a trámite.

La resolución del Constitucional abre la vía para que esta acusación particular acuda al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDEH) con el propósito de exigirle la revisión del caso.

La sentencia impugnada condenó a penas de 43 y 36 años de prisión a los dos principales terroristas por los atentados que en agosto de 2017 causaron 16 muertos y 140 heridos en las Ramblas de Barcelona y el paseo Marítimo de Cambrils (Tarragona), e impuso 18 meses a un tercero acusado de colaborar con la célula.

En su recurso, la acusación pedía que el TC reconociera a los padres del menor fallecido su “derecho fundamental” a un proceso con todas las garantías y “su derecho a conocer toda la verdad en torno a los atentados de Las Ramblas y Cambrils que no han quedado debidamente investigados”, adoptando las “medidas apropiadas” para garantizarlos.



Fuente