Se anula la condena por violación de Harvey Weinstein en 2020, el juez explica el motivo

Harvey WeinsteinLa condena por violación de 2020 ha sido anulada.

La decisión fue tomada hoy (25 de abril) por el Tribunal de Apelaciones de Nueva York. Seguirá en prisión debido a su condena por violación en un caso judicial de 2022 en Los Ángeles.

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En 2020, weinstein fue declarado culpable de agresión sexual Proyecto Pasarela asistente de producción Miriam Haley en su apartamento en 2006 y también fue condenado por la violación de otra mujer, Jessica Mannen 2013. El caso fue apelado y el tribunal más alto del estado de Nueva York escuchó el caso en febrero.

weinsteinLos abogados de Argumentaron que el juez del juicio de 2020 permitió que tres mujeres testificaran en su contra en ese momento cuyas acusaciones no estaban relacionadas con el caso en cuestión.

El juez dictaminó hoy que ahora debe realizarse un nuevo juicio por esta condena de 2020.

Juez Jenny Rivera dijo en el fallo de hoy (vía THR), “Bajo nuestro sistema de justicia, el acusado tiene derecho a rendir cuentas únicamente por el delito imputado y, por lo tanto, no se pueden admitir en su contra acusaciones de malos actos anteriores con el único propósito de establecer su propensión a la delincuencia. La fiscalía tampoco puede utilizar “condenas previas o pruebas de la comisión previa de actos específicos, criminales, viciosos o inmorales” más que para cuestionar la credibilidad del acusado. Es nuestro deber solemne proteger diligentemente estos derechos independientemente del delito imputado, la reputación del acusado o la presión para condenarlo”.

El juez continuó: “El acusado fue condenado por un jurado por varios delitos sexuales contra tres denunciantes nombrados y, en la apelación, afirma que fue juzgado, no por la conducta por la que fue acusado, sino por acusaciones irrelevantes, perjudiciales y no comprobadas de malos actos anteriores. Concluimos que el tribunal de primera instancia admitió erróneamente testimonios de presuntos actos sexuales previos sin cargos contra personas distintas de los denunciantes de los delitos subyacentes porque ese testimonio no sirvió para ningún propósito material no propensional. El tribunal agravó ese error cuando dictaminó que el acusado, que no tenía antecedentes penales, podía ser interrogado sobre esas acusaciones, así como sobre numerosas acusaciones de mala conducta que presentaban al acusado bajo una luz altamente perjudicial. El efecto sinérgico de estos errores no fue inofensivo”.



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